jueves, 5 de febrero de 2015

Cambio climático y Derechos Humanos

1 Derecho de la Tierra, condición para los DDHH.

Para hablar de forma adecuada a la conciencia crítica de estos tiempos, hay que tener presente la relación entre los derechos humanos (DDHH) y los Derechos de la Tierra, también llamados derechos de la naturaleza. Para que se pueda afirmar que las personas y pueblos tienen derecho a un medio ambiente favorable es absolutamente necesario garantizar que la Tierra tiene derecho a lo que ella creó, para que se dé un ambiente terrestre favorable a la vida.
Prácticamente en todas las constituciones de los Estados están afirmados los derechos individuales y colectivos de las personas. Entre otros, el derecho al medio ambiente y la obligación pública de cuidar de él. Pero su límite está en el antropocentrismo de su formulación. Eso es lo que hace que en esas constituciones se mantenga la ilusión ideológica de que sería posible garantizar el derecho humano y el cuidado con el ambiente natural y, al mismo tiempo, mantener en expansión constante empresas de libre iniciativa capitalista, que tiene como base la apropiación privada de bienes naturales de suelo y subsuelo y su transformación, a través de procesos industriales y apropiación y uso del trabajo humano, de tecnologías y técnicas de producción. En las últimas décadas, estas empresas han exigido libertad absoluta a nivel mundial, consolidando un mercado de capitales y de mercancías que está llevando a La Tierra a un estrés amenazador. Y el resultado de este proceso es el desmonte de lo que había de estado de bienestar social, el aumento del desempleo, de la explotación del trabajo, y una concentración cada vez más asustadora de la riqueza mundial.
Con la colaboración de los pueblos indígenas que han decidido llevar al espacio de la política democrática su práctica comunitaria del Buen Vivir, Bolivia Ecuador han dado un paso innovador en el reconocimiento de  los derechos de La Tierra. En la Constitución de Ecuador, estos derechos están en el 7º capítulo: “La naturaleza o Pacha Mama, en la que se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructuras, funciones y procesos evolutivos”. O sea, la Pacha Mama tiene ciclos vitales anteriores a los de los seres humanos; en realidad, la vida humana sólo se hizo posible con sus procesos evolutivos, que generaron la biodiversidad en la que se hizo posible el salto de la viada hacia la forma humana. Por eso, sin el reconocimiento y garantía de los derechos de la Pacha Mama, desaparecen las condiciones para el derecho humano al ambiente vital y, en realidad, para todos los DDHH.

2 Agresiones que provocan cambios climáticos.

Por ser tan graves y profundas las interferencias humanas en las estructuras vitales de La Tierra, algunos investigadores ya trabajan con la hipótesis de que el tiempo geológico del holoceno está siendo sustituido por el antropoceno. Significa que la actividad humana está consiguiendo provocar el fin del período de 11 mil años en el que el clima terrestre fue más equilibrado y favorable a la multiplicación de especies vivas, incluida la especie humana, que ya sobre pasan los 7 mil millones de individuos.
Según los investigadores que trabajan en colaboración con el IPCC-Panel Intergubernamental sobre Cambios Climática-, con la confirmación de otros centros de investigación, el proceso de cambio climático comenzó en torno a 1750, con la denominada revolución industrial capitalista. Cuatro factores fueron y continúan siendo esenciales: a) el descubrimiento sucesivo de fuentes más eficientes de energía: carbón, gas, petróleo…; b) desarrollo de nuevas tecnologías y máquinas, acelerando la extracción de materias primas y la producción y comercialización de mercancías; c) internacionalización del mercado capitalista, especialmente con la hegemonía del capital financiero, en la época de la globalización neoliberal; d) generación ideológica de necesidades en los consumidores a través de los medios de comunicación, y control del tiempo útil de los productos, planificando su obsolescencia, expandiendo el consumismo y el desperdicio.
Sumándolo todo, que la cantidad de CO2 en la atmósfera ya haya sobrepasado las 400 ppm, o sea, 400 partes de cada millón que constituye. Es mucho teniendo presente que en los últimos 7 mil años del período del holoceno, el CO2 de la atmósfera se mantuvo en 280 ppm, lo que mantuvo la temperatura de la tierra de media en 14, 5° C. Ahora, con 400 ppm, la temperatura media del planeta ya está prácticamente 1 grado por encima. Clara y comprobadamente se está dando un proceso de calentamiento de la tierra.
Ese calentamiento planetario, combinado con otros procesos de polución y contaminación, es el principal causante de los cambios climáticos. Fenómenos como las lluvias, vientos, nieves, tormentas marítimas, sequías…cambian de intensidad y se vuelven amenazas a la vida. Crecidas cada vez mayores y sequías cada vez más prolongadas, así como huracanes más intensos y el aumento del nivel de las aguas de los océanos, vuelven inhabitables áreas continentales densamente pobladas. ¿Dónde pasarán a vivir los millones de migrantes climáticos?

3 La necesaria lucha por la justicia ambiental.

¿Quién sufre más intensamente los efectos de los cambios climáticos, los 85 multimillonarios que tienen el mismo patrimonio que 3.500 millones de seres humanos, y que son los principales causantes de los procesos del calentamiento del planeta…o los 3.500 millones forzados a repartir entre ellos lo que sobra del proceso colectivo de generación de riqueza?
Esa es la paradoja: los que promovieron y mantienen en expansión la denominada “civilización del petróleo” y la “civilización del consumismo” mundializado, que son los mayores causantes del calentamiento del planeta, sufren menos con los cambios climáticos que los miles de millones de empobrecidos que casi nada tienen que ver con ellas. Los más afectados son las personas, familias, comunidades y pueblos que viven en territorios muy afectados por los procesos de colonización moderna (tanto la iniciada en el siglo XVI, como especialmente la planeada en el siglo XIX para expoliar a África y parte de Asia de sus riquezas naturales), y por las relaciones neoliberalmente desiguales del actual comercio mundializado.
Los pueblos empobrecidos tienen derecho a un resarcimiento por la deuda ecológica, y tienen derecho a exigir que los causantes del calentamiento asuman sus responsabilidades: que acepten implementar cambios profundos en todo lo que agrede y provoca desequilibrios en el planeta, y que ayuden a los pueblos afectados a afrontar los problemas creados por el calentamiento planetario. Como se sabe, si estos cambios dependieran de su voluntad, nunca se darían; al contrario, gastarían más recursos para engañar a la humanidad, promoviendo campañas de desinformación sobre la tragedia que se aproxima, presentándose como inocentes promotores del “progreso”. La lucha por la justicia ambiental necesita ser asumida por los pueblos afectados, construyendo en sus territorios formas de vida en buena convivencia con la tierra, y forzando los cambios globales necesarios a favor de todas las formas de vida.

4 DDHH y de La Tierra en tiempos de cambios climáticos.

El hambre que todavía provoca la muerte precoz de muchas personas, especialmente niños y ancianos, no puede ser considerada una fatalidad, ni fruto de la falta de iniciativa de los empobrecidos. Está comprobado que es provocada por el mismo proceso de concentración del crecimiento económico capitalista, de modo particular por las empresas que controlan las Bolsas de cereales y mercancías que son instrumento de la inclusión de los alimentos entre las mercancías ligadas a la especulación financiera que domina y desgracia el mundo actual. Cada aumento especulativo del precio de los granos es un decreto de condena a muerte por hambre de las personas que no tienen “poder en dólares” para tener acceso a ellos.
Por eso, ya se defiende que, igual que la esclavitud moderna, también el hambre es un crimen contra los derechos humanos, y como tal,  debe ser “abolida” y los culpables, llevados a los tribunales, juzgados, condenados y forzados a abandonar sus prácticas criminales. De la misma forma, como ya están identificados los causantes del cambio planetario que causan muertes y desplazamientos forzados de personas y graves desequilibrios en los procesos que mantiene la vida de la Tierra, sus prácticas deben de ser tipificadas como crímenes contra los DDHH y contra los derechos de la Tierra, y sus autores juzgados, condenados y forzados también a abandonar las prácticas criminales.
Es urgente pues, que más y más pueblos y países reconozcan en sus constituciones republicanas los derechos de la naturaleza, de la Pacha Mama, de la Tierra. Y que las luchas por los DDHH, afectados por el mismo proceso de globalización capitalista neoliberal que daña el medio ambiente natural, las vinculemos siempre a la lucha por los derechos de la Tierra.

Tomado de Agenda Latinoamericana Mundial 2015.


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