1 Derecho de la Tierra, condición
para los DDHH.
Para hablar de forma adecuada a
la conciencia crítica de estos tiempos, hay que tener presente la relación
entre los derechos humanos (DDHH) y los Derechos de la Tierra, también llamados
derechos de la naturaleza. Para que se pueda afirmar que las personas y pueblos
tienen derecho a un medio ambiente favorable es absolutamente necesario
garantizar que la Tierra tiene derecho a lo que ella creó, para que se dé un
ambiente terrestre favorable a la vida.
Prácticamente en todas las
constituciones de los Estados están afirmados los derechos individuales y
colectivos de las personas. Entre otros, el derecho al medio ambiente y la
obligación pública de cuidar de él. Pero su límite está en el antropocentrismo
de su formulación. Eso es lo que hace que en esas constituciones se mantenga la
ilusión ideológica de que sería posible garantizar el derecho humano y el
cuidado con el ambiente natural y, al mismo tiempo, mantener en expansión
constante empresas de libre iniciativa capitalista, que tiene como base la
apropiación privada de bienes naturales de suelo y subsuelo y su
transformación, a través de procesos industriales y apropiación y uso del
trabajo humano, de tecnologías y técnicas de producción. En las últimas
décadas, estas empresas han exigido libertad absoluta a nivel mundial,
consolidando un mercado de capitales y de mercancías que está llevando a La
Tierra a un estrés amenazador. Y el resultado de este proceso es el desmonte de
lo que había de estado de bienestar social, el aumento del desempleo, de la
explotación del trabajo, y una concentración cada vez más asustadora de la
riqueza mundial.
Con la colaboración de los
pueblos indígenas que han decidido llevar al espacio de la política democrática
su práctica comunitaria del Buen Vivir, Bolivia Ecuador han dado un paso
innovador en el reconocimiento de los
derechos de La Tierra. En la Constitución de Ecuador, estos derechos están en
el 7º capítulo: “La naturaleza o Pacha Mama, en la que se reproduce y realiza
la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el
mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructuras, funciones y
procesos evolutivos”. O sea, la Pacha Mama tiene ciclos vitales anteriores a
los de los seres humanos; en realidad, la vida humana sólo se hizo posible con
sus procesos evolutivos, que generaron la biodiversidad en la que se hizo
posible el salto de la viada hacia la forma humana. Por eso, sin el
reconocimiento y garantía de los derechos de la Pacha Mama, desaparecen las
condiciones para el derecho humano al ambiente vital y, en realidad, para todos
los DDHH.
2 Agresiones que provocan cambios
climáticos.
Por ser tan graves y profundas
las interferencias humanas en las estructuras vitales de La Tierra, algunos
investigadores ya trabajan con la hipótesis de que el tiempo geológico del
holoceno está siendo sustituido por el antropoceno. Significa que la actividad
humana está consiguiendo provocar el fin del período de 11 mil años en el que
el clima terrestre fue más equilibrado y favorable a la multiplicación de
especies vivas, incluida la especie humana, que ya sobre pasan los 7 mil
millones de individuos.
Según los investigadores que
trabajan en colaboración con el IPCC-Panel Intergubernamental sobre Cambios
Climática-, con la confirmación de otros centros de investigación, el proceso
de cambio climático comenzó en torno a 1750, con la denominada revolución
industrial capitalista. Cuatro factores fueron y continúan siendo esenciales:
a) el descubrimiento sucesivo de fuentes más eficientes de energía: carbón,
gas, petróleo…; b) desarrollo de nuevas tecnologías y máquinas, acelerando la
extracción de materias primas y la producción y comercialización de mercancías;
c) internacionalización del mercado capitalista, especialmente con la hegemonía
del capital financiero, en la época de la globalización neoliberal; d)
generación ideológica de necesidades en los consumidores a través de los medios
de comunicación, y control del tiempo útil de los productos, planificando su
obsolescencia, expandiendo el consumismo y el desperdicio.
Sumándolo todo, que la cantidad
de CO2 en la atmósfera ya haya sobrepasado las 400 ppm, o sea, 400 partes de
cada millón que constituye. Es mucho teniendo presente que en los últimos 7 mil
años del período del holoceno, el CO2 de la atmósfera se mantuvo en 280 ppm, lo
que mantuvo la temperatura de la tierra de media en 14, 5°
C. Ahora, con 400 ppm, la temperatura media del planeta ya está prácticamente 1 grado por
encima. Clara y comprobadamente se está dando un proceso de calentamiento de la
tierra.
Ese calentamiento planetario,
combinado con otros procesos de polución y contaminación, es el principal
causante de los cambios climáticos. Fenómenos como las lluvias, vientos,
nieves, tormentas marítimas, sequías…cambian de intensidad y se vuelven
amenazas a la vida. Crecidas cada vez mayores y sequías cada vez más
prolongadas, así como huracanes más intensos y el aumento del nivel de las
aguas de los océanos, vuelven inhabitables áreas continentales densamente
pobladas. ¿Dónde pasarán a vivir los millones de migrantes climáticos?
3 La necesaria lucha por la justicia
ambiental.
¿Quién sufre más intensamente los
efectos de los cambios climáticos, los 85 multimillonarios que tienen el mismo
patrimonio que 3.500 millones de seres humanos, y que son los principales
causantes de los procesos del calentamiento del planeta…o los 3.500 millones
forzados a repartir entre ellos lo que sobra del proceso colectivo de
generación de riqueza?
Esa es la paradoja: los que
promovieron y mantienen en expansión la denominada “civilización del petróleo”
y la “civilización del consumismo” mundializado, que son los mayores causantes
del calentamiento del planeta, sufren menos con los cambios climáticos que los
miles de millones de empobrecidos que casi nada tienen que ver con ellas. Los
más afectados son las personas, familias, comunidades y pueblos que viven en
territorios muy afectados por los procesos de colonización moderna (tanto la
iniciada en el siglo XVI, como especialmente la planeada en el siglo XIX para
expoliar a África y parte de Asia de sus riquezas naturales), y por las
relaciones neoliberalmente desiguales del actual comercio mundializado.
Los pueblos empobrecidos tienen
derecho a un resarcimiento por la deuda ecológica, y tienen derecho a exigir
que los causantes del calentamiento asuman sus responsabilidades: que acepten
implementar cambios profundos en todo lo que agrede y provoca desequilibrios en
el planeta, y que ayuden a los pueblos afectados a afrontar los problemas
creados por el calentamiento planetario. Como se sabe, si estos cambios
dependieran de su voluntad, nunca se darían; al contrario, gastarían más
recursos para engañar a la humanidad, promoviendo campañas de desinformación
sobre la tragedia que se aproxima, presentándose como inocentes promotores del
“progreso”. La lucha por la justicia ambiental necesita ser asumida por los
pueblos afectados, construyendo en sus territorios formas de vida en buena
convivencia con la tierra, y forzando los cambios globales necesarios a favor
de todas las formas de vida.
4 DDHH y de La Tierra en tiempos de
cambios climáticos.
El hambre que todavía provoca la
muerte precoz de muchas personas, especialmente niños y ancianos, no puede ser
considerada una fatalidad, ni fruto de la falta de iniciativa de los
empobrecidos. Está comprobado que es provocada por el mismo proceso de
concentración del crecimiento económico capitalista, de modo particular por las
empresas que controlan las Bolsas de cereales y mercancías que son instrumento
de la inclusión de los alimentos entre las mercancías ligadas a la especulación
financiera que domina y desgracia el mundo actual. Cada aumento especulativo
del precio de los granos es un decreto de condena a muerte por hambre de las
personas que no tienen “poder en dólares” para tener acceso a ellos.
Por eso, ya se defiende que, igual que
la esclavitud moderna, también el hambre
es un crimen contra los derechos humanos, y como tal, debe ser “abolida” y los culpables, llevados
a los tribunales, juzgados, condenados y forzados a abandonar sus prácticas
criminales. De la misma forma, como ya están identificados los causantes del
cambio planetario que causan muertes y desplazamientos forzados de personas y
graves desequilibrios en los procesos que mantiene la vida de la Tierra, sus
prácticas deben de ser tipificadas como crímenes contra los DDHH y contra los
derechos de la Tierra, y sus autores juzgados, condenados y forzados también a
abandonar las prácticas criminales.
Es urgente pues, que más y más pueblos
y países reconozcan en sus constituciones republicanas los derechos de la
naturaleza, de la Pacha Mama, de la Tierra. Y que las luchas por los DDHH,
afectados por el mismo proceso de globalización capitalista neoliberal que daña
el medio ambiente natural, las vinculemos
siempre a la lucha por los derechos de la Tierra.
Tomado de Agenda Latinoamericana Mundial 2015.
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